Resumen de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Perú (Obligaciones de Patronos y Trabajadores)
RESUMEN
DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY
GENERAL DE TRABAJO
La Ley General del Trabajo en el Perú hace mención
concerniente a la seguridad y salud en el trabajo sobre los derechos y
obligaciones de los trabajadores y a la protección de su vida, salud e
integridad física en el trabajo, a su vez reconoce claramente las obligaciones
de los empleadores con respecto a la seguridad y salud de sus trabajadores,
aplicando las medidas de higiene y seguridad que sean necesarias y cubrir los
riesgos de enfermedad y accidentes laborales.
Artículo
48. Derechos de los trabajadores
·
A la
protección de su vida, salud e integridad física en el trabajo.
·
A la
igualdad de trato, oportunidades y sin discriminación.
·
A
realizar peticiones y reclamos ante su empleador para la defensa de sus
derechos.
·
A ser
informados sobre sus derechos, obligaciones y condiciones de trabajo que pueden
significar algún riesgo en su salud.
·
Ejecutar
personalmente las labores asignadas por el empleador con diligencia y
eficiencia.
·
Cumplir
el reglamento interno de trabajo y acatar las órdenes e instrucciones, que no
pongan en peligro su vida o salud.
·
Observar
una conducta apropiada y mantener el orden y la disciplina del centro de
trabajo.
·
Guardar
el debido respeto al empleador y a sus representantes.
·
Cumplir
las normas sobre seguridad e higiene vigentes en el centro de trabajo y no
poner en peligro su propia seguridad y la de los demás.
·
Proporcionar
al empleador información veraz sobre su trabajo.
·
Cuidar y
conservar en buen estado los instrumentos de trabajo.
·
Observar
una conducta apropiada y respetuosa en el centro de trabajo.
·
Participar
en actividades de capacitación.
Artículo
52. Derecho de los empleadores
·
Adoptar
medidas que estimen oportunas de vigilancia y control de la labor de los
trabajadores, con respeto a la dignidad e intimidad de estos.
Artículo
55. Obligaciones de los empleadores
·
Proteger
la vida e integridad física y salud del trabajador, aplicando las medidas de
seguridad e higiene ocupacional que corresponden;
·
Fomentar
o proporcionar la capacitación de los trabajadores, para favorecer su
desarrollo técnico o profesional.
LEY DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO N° 29783
OBJETIVO:
Promover una cultura de prevención de riesgos laborales
en el Perú, en donde el Estado tiene un rol fiscalizador y de control, mientras
que los empleadores tienen el deber de prevención a través de la implementación
de los sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo en donde los
trabajadores y sus organizaciones sindicales tienen que velar por la promoción,
difusión y cumplimiento de la normativa.
Artículo
49. Obligaciones del empleador
·
Garantizar
la seguridad y la salud de los trabajadores en el desempeño de todos los aspectos
relacionados con su labor en el centro de trabajo.
·
Desarrollar
acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles de protección
existentes.
·
Identificar
las modificaciones en las condiciones de trabajo y adoptar las medidas de
prevención de los riesgos laborales.
·
Practicar
exámenes médicos cada dos años, a los trabajadores.
·
Garantizar
que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a
través de las organizaciones sindicales o a través de elecciones democráticas
de los trabajadores.
·
Garantizar
el trabajo del comité paritario de seguridad y salud en el trabajo, asignando
los recursos necesarios.
·
Garantizar
la capacitación y entrenamiento en seguridad y salud en el centro y puesto de
trabajo.
Artículo
50. Medidas de prevención facultadas al empleador
·
Gestionar
los riesgos, eliminándolos en su origen.
·
El diseño
de los puestos y ambientes de trabajo deben garantizar la salud y seguridad del
trabajador.
·
Integrar
los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos al sistema de gestión de
riesgos laborales.
·
Mantener
políticas de protección, capacitando y entrenando debidamente a los
trabajadores.
Derechos
y obligaciones de los empleadores
·
Asignar
labores y competencias a los trabajadores.
·
Informar sobre
el puesto de trabajo a los trabajadores.
·
Indemnizar
a los trabajadores por daños a la salud en el trabajo en caso de incumplimiento
de su deber.
·
Prevenir
a los trabajadores durante la ejecución de órdenes dentro y fuera del centro de
trabajo.
·
Controlar
a los trabajadores que laboran en zonas de riesgo.
·
Prevenir
la exposición de los trabajadores en zonas de riesgo.
·
Actualizar
la evaluación de riesgos una vez al año como mínimo.
·
Realizar
una investigación de daños en la salud de los trabajadores.
·
Modificar
las medidas de prevención de riesgos laborales cuando resulten inadecuadas e
insuficientes.
·
Proporcionar
a sus trabajadores equipos de protección personal adecuados, según el tipo de
trabajo.
·
Revisar
la indumentaria y los equipos de trabajo de los trabajadores con el fin de
prevenir riesgos laborales.
·
El costo
de las acciones de seguridad y salud en el trabajo no es asumido de modo alguno
por los trabajadores.
·
Interrumpir
las actividades en caso inminente de peligro los trabajadores.
·
Garantizar
la protección de los trabajadores en situación de discapacidad.
·
Tener en
cuenta la evaluación de factores de riesgo para la procreación los
trabajadores.
·
Adoptar
el enfoque de género y protección de las trabajadoras.
·
No emplear
adolescentes para la realización de actividades insalubres o peligrosas que
puedan afectar su normal desarrollo físico y mental.
·
Garantizar
la seguridad en las contratistas, subcontratistas, empresas especiales de
servicios y cooperativas de trabajadores que laboran dentro de sus instalaciones.
·
Adoptar
disposiciones para la prevención de riesgos de origen.
·
Garantizar
que los trabajadores sean consultados antes de que se realicen cambios en las
operaciones y los procesos de trabajo.
·
Informar
a los trabajadores sobre los resultados de los exámenes medico ocupacionales.
Derechos
de los trabajadores
·
Tienen
derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo.
·
Están
protegidos contra actos de hostilidad y medidas coercitivas por parte del
empleador.
·
Participan
y contribuyen en los programas de capitación.
·
Los
representantes de los trabajadores participan en la elaboración del IPER.
·
Participan
en las actividades en materia de seguridad y salud en el trabajo
·
Tienen
derecho a ser transferidos a otro puesto de trabajo que no implique riesgos
para seguridad y salud.
·
Los
trabajadores con vínculo laboral con el empleador o con otras empresas
contratistas tienen derecho al mismo nivel de protección en materia de
seguridad y salud en el trabajo.
·
Tienen
derecho a examinar los factores que afectan su seguridad y salud u proponer
medidas en estas materias.
Artículo
79. Obligaciones de los trabajadores
·
Cumplir
con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y
salud en el trabajo.
·
Usar
adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de
protección personal y colectiva.
·
No operar
o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los
cuales no hayan sido autorizados.
·
Cooperar
y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y de
las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera.
·
Someterse
a los exámenes médicos a que estén obligados.
·
Participar
en los organismos paritarios, en los programas de capacitación y otras
actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales, dentro de la jornada
de trabajo.
·
Comunicar
al empleador toda situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y
salud o las instalaciones físicas.
·
Reportar
de forma inmediata, la ocurrencia de cualquier incidente, accidente de trabajo
o enfermedad profesional.
·
Responder
e informar con veracidad a las instancias públicas que se lo requieran.
La Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783, establece la obligación del empleador
de contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre
otras obligaciones. A través de esta ley y su reglamento se pueden llevar a
cabo las matrices IPER que son de mucha utilidad para prevenir riesgos en la
salud y accidentes laborales protegiendo al trabajador y a las instalaciones de
trabajo ante cualquier incidente peligroso.
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